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Velocidad máxima en Colombia: los límites que deben respetar los conductores para evitar multas

imagen generada con IA

Conocer los límites de velocidad permitidos en las vías colombianas es fundamental para evitar accidentes y sanciones económicas que pueden superar los $1.266.101 COP. La normativa vigente, establecida por el Ministerio de Transporte, define topes específicos según el tipo de vía y el vehículo utilizado.

Durante 2025, las autoridades de tránsito impusieron cerca de 3,5 millones de comparendos en todo el país, lo que equivale a un promedio de aproximadamente 13.000 multas diarias. Bogotá encabezó la lista de ciudades con mayor número de sanciones, registrando un aumento del 50 % frente al año anterior. Solo por exceso de velocidad se reportaron más de 320.000 infracciones, consolidándose como una de las faltas más recurrentes.

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En muchos casos, estas sanciones se producen por desconocimiento de la normativa. Por ello, es clave que los conductores tengan claridad sobre los límites establecidos para circular de forma segura y evitar infracciones.

Límites de velocidad establecidos en Colombia

Aunque la regulación es de carácter nacional, el límite permitido depende del tipo de vía por la que transite el conductor y de las condiciones del entorno.

La Ley 2251 de 2022, conocida como Ley Julián Esteban, modificó el artículo 106 de la Ley 769 de 2002 (Código Nacional de Tránsito) y fijó los siguientes parámetros:

  • En vías urbanas, la velocidad máxima es de 50 km/h, salvo que existan estudios técnicos que permitan un límite mayor.
  • En zonas escolares y áreas residenciales, el límite se reduce a 30 km/h.
  • Bicicletas, patinetas eléctricas o a gasolina no pueden superar los 40 km/h.
  • Las autoridades territoriales pueden establecer límites superiores a 50 km/h en determinados corredores viales si se cumplen condiciones técnicas y de seguridad vial.

Adicionalmente, el artículo 74 de la Ley 769 señala que en lugares con alta presencia de peatones, como intersecciones, zonas escolares o residenciales, los conductores deben reducir la velocidad hasta los 30 km/h.

Multas por exceso de velocidad en 2026

El Ministerio de Transporte indicó que las sanciones económicas por superar los límites de velocidad se calculan ahora con base en la Unidad de Valor Básico (UVB). Este sistema comenzó a aplicarse el 1 de enero de 2026 y reemplazó el esquema anterior basado en salarios mínimos legales diarios vigentes (SMLDV), que estaba contemplado en la Ley 769 de 2002.

La implementación del UVB busca estandarizar el cálculo de las multas y facilitar su actualización anual, manteniendo proporcionalidad entre la infracción cometida y el valor de la sanción.

Nota Editorial: *Este contenido fue escrito con la asistencia de un editor de eltransporte.com, basado en información de conocimiento público divulgada a medios de comunicación.