Sector transporte acompaña a los viajeros durante Puente festivo
Teniendo en cuenta el alto volumen de vehículos que transitaran durante el puente festivo San José por los diferentes corredores viales, el Ministerio de Transporte y sus entidades adscritas harán presencia en las vías nacionales con el fin de garantizar a los colombianos su tránsito seguro y ágil.
El viernes 17 de marzo, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de Bogotá. El domingo no habrá restricciones para estos vehículos y el lunes 20 de marzo la restricción se aplicará sin excepción a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas. Ese mismo día en el corredor Bogotá-Fusagasugá-Melgar-Ibagué se aplicará la restricción con dos horas de antelación al horario estipulado en el sentido Ibagué-Bogotá.
La Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, autorizará la movilización de maquinaria y cargas para atender situaciones que se puedan presentar en la red vial nacional.
El Instituto Nacional de Vías – INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI y las Concesiones de la red vial nacional, tienen programado suspender y no realizar obras viales que afecten la movilidad durante el puente. Sin embargo, en el desarrollo de algunos de los proyectos concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se adelantarán algunas labores puntuales con la señalización adecuada y necesaria que brinde seguridad y movilidad a los usuarios.
Igualmente se contará con el Puesto de Mando Unificado, PMU, en el Centro de Control y Operación Vial Programa Seguridad Carreteras Nacionales con la presencia de las diferentes entidades del sector.
COMUNICADO OFICIAL
RESTRICCIÓN PARA VEHÍCULOS DE CARGA CON PESO IGUAL O SUPERIOR A 3.4 TONELADAS PARA EL PUENTE FESTIVO SAN JOSÉ.
Conforme a lo establecido en la Resolución 0002307 del 12 de agosto de 2014 en su artículo 2 Puentes Festivos, se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados, los días, horas y vías de restricción para los vehículos de carga con peso igual o superior a 3.4 toneladas en los siguientes términos:
DIAS, HORAS Y VIAS DE APLICACIÓN A NIVEL PAÍS
DÍA | FECHA | HORARIO |
VIERNES (Solo vehículos que salen de Bogotá) | 17 marzo de 2017 | 16:00 A 22:00 horas |
SÁBADO | 18 marzo de 2017 | 09:00 A 15:00 horas |
DOMINGO | 19 marzo de 2017 | —————– |
LUNES | 20 marzo de 2017 | 12:00 A 01:00 horas |
VÍAS A RESTRINGIR:
|
NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el artículo 3 de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.
NOTA 1: El viernes 17 de marzo 2017, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la ciudad de Bogotá.
NOTA 2: El lunes 20 de marzo de 2017, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas. Igualmente se aplicará la restricción con dos horas de antelación al horario estipulado en la mencionada fecha en el corredor vial N° 7 (BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ) para los vehículos de carga que transiten en sentido IBAGUÉ – BOGOTÁ.
NOTA 3: Teniendo en cuenta el alto volumen de vehículos que transitaran durante el puente festivo San José por los diferentes corredores viales, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional implementará planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales) en los siguientes tramos viales:
Los siguientes horarios están sujetos a variación por la Dirección de Tránsito y Transporte a través del Puesto de Mando Unificado “PMU” si las condiciones del alto flujo vehicular o emergencia lo ameritan aplicando la nota especial del presente comunicado.
TRAMO VIAL | DIAS Y HORAS DE APLICACIÓN | VIAS ALTERNAS |
REVERSIBLE Vía Villavicencio (Glorieta Fundadores) Bogotá (sector el Uval Km. 0+000) | – Lunes 20 Marzo/17 De 14:00 a 21:00 horas | Las personas que requieran desplazarse a Villavicencio deben esperar a que se habilite nuevamente la vía sentido Bogotá – Villavicencio.
Vía alterna: Bogotá – El Sisga – Guateque – San Luis de Gaceno – Barranca de Upía – Villavicencio. |
CONTRAFLUJO Vía Melgar (sector variante km. 28+200) Chinauta – Silvania – Chusacá – Soacha (El Tropezón) | – Lunes 20 Marzo/17
De 12:00 a 22:00 horas | No se requiere de vías alternas, teniendo en cuenta que estará habilitado un carril sentido Bogotá – Girardot. |
REVERSIBLE Vía La Mesa (sector peaje San Pedro km. 61+400) – Mosquera (Glorieta km. 117) | – Lunes 20 Marzo/17 De 12:00 a 22:00 horas | Las personas que requieran desplazarse hacia los municipios de La Mesa – Anapoima – Tocaima – Girardot, podrán tomar la siguiente vía alterna:
|
Vía Ubaté – Chía (Variante Zipaquirá Km. 32 hasta Glorieta Portachuelo Km. 26) | – Lunes 20 Marzo/17 A partir de las 15:00 horas hasta normalizar el flujo vehicular en el sector. | Las personas que requieran desplazarse desde Zipaquirá hacia Ubaté pueden utilizar la vía por el sector conocido como La Paz. |
Vía Ubaté – Zipaquirá (Entrada Ubaté Km. 66 hasta Sutatausa Km. 59) | – Lunes 20 Marzo/17 Cuando se presente el incremento en la movilidad hasta normalizar el flujo vehicular en el sector. | No se requiere teniendo en cuenta que el reversible se realizaría por un tiempo no mayor a 40 minutos. |
NOTA 4: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a la restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por INVIAS.
NOTA 5: La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional.
NOTA 6: Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en la Resolución 2307 de 2014, “Por la cual se establecen medidas para la regulación del tráfico vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y se dictan otras disposiciones”.
NOTA 7: El Instituto Nacional de Vías – INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI y las CONCESIONES de la red vial nacional, tienen programado suspender y no realizan obras en la red vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente comunicado. No obstante lo anterior, en el desarrollo de algunos de los proyectos concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se adelantarán algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales existirá, por parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que brinde seguridad y movilidad a los usuarios.
NOTA 8: Se establece el Puesto de Mando Unificado PMU en el Centro de Control, y Operación Vial Programa Seguridad Carreteras Nacionales Calle 26 No. 54-41 Ciudad Empresarial Sarmiento Angulo Torre 8 Piso 9, con la presencia del Ministerio de Transporte, Superintendencia de Puertos y Transporte, Instituto Nacional de Vías ” INVIAS” y la Agencia Nacional de Infraestructura “ANI”. Los datos de contacto son: celular: 320-3039152, correo electrónico: ditra.ciesp@policia.gov.co se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el número de contacto es el #767.
Fuente: Ministerio de Transporte
Imagen: Archivo Ministerio de Transporte