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Restricción de vehículos de carga pesada para puente festivo “DÍA DE SAN PEDRO Y SAN PABLO” 

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Crédito Imagen: Pixabay

Restricción de vehículos de carga pesada:

Con la llegada del puente festivo “Día San Pedro y San Pablo”, el Ministerio de Transporte ha emitido una importante normativa para regular el tránsito de vehículos de carga pesada. Esta medida busca garantizar la seguridad y la fluidez en las carreteras nacionales durante estos periodos de alto flujo vehicular.

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Las restricciones aplican para vehículos de carga con un peso igual o superior a 3.4 toneladas (3400 kilogramos). A continuación, se detallan las fechas y horarios específicos en los que se implementarán estas restricciones:

Puente Festivo “Día de San Pedro y San Pablo”Del viernes 28 de junio al lunes 1 de julio.

Estas medidas se establecen conforme a las Resoluciones 761 del 01 de abril de 2013 y 0002307 del 12 de agosto de 2014, que regulan el tránsito vehicular en días festivos para evitar congestiones y accidentes en las vías más transitadas del país.

DÍAFECHAHORARIO
VIERNES28 junio 202414:00 a 23:00 horas
Aplica únicamente en las vías del Departamento de Cundinamarca (sentido éxodo) salida Bogotá. Igualmente aplica en ambos sentidos en las vías, “Bogotá – Fusagasugá – Melgar – Ibagué” e “Ibagué – Calarcá – Armenia – La Tebaida – La Paila”.
SÁBADO29 junio 202406:00 a 15:00 horas
Aplica en todas las vías a restringir enunciadas en este documento (ambos sentidos).
DOMINGO30 junio 2024No aplica
“Ver Nota 2”.
LUNES
(Festivo)
01 julio 202410:00 a 23:00 horas 
Aplica en todas las vías a restringir enunciadas en este documento (ambos sentidos),
En las vías “Bogotá – Fusagasugá – Melgar – Ibagué” e Ibagué – Calarcá – Armenia – La Tebaida – La Paila”, aplica total (sin excepciones) en ambos sentidos desde las 08:00 a 01:00 horas del 02-07-2024.
En la vía Bogotá – Villavicencio aplica total (sin excepciones) en ambos sentidos.
NOTA 2: Los domingos 12 de mayo, 02 y 09 de junio y 18 de agosto de 2024, la restricción aplica en ambos sentidos únicamente en las vías Bogotá – Fusagasugá – Melgar – Ibagué e Ibagué – Calarcá – Armenia – La Tebaida – La Paila, desde las 16:00 hasta las 23:00 horas y el domingo 30 de junio de 2024, aplica desde las 14:00 hasta las 23:00 horas.
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La restricción para los vehículos de carga durante el puente festivo “Día del sagrado corazón de Jesus” son una medida necesaria para asegurar la seguridad y la fluidez en las carreteras. Sin embargo, es fundamental que estas iniciativas se enmarquen dentro de una estrategia más amplia y sostenida para mejorar la infraestructura vial y promover una cultura de seguridad entre todos los usuarios de las vías.

Fuente: MinTransporte