Se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados
Restricción para vehículos de carga. Conforme a lo establecido en la Resolución 0002307 del 12 de agosto de 2014 en su artículo 2 SEMANA SANTA, se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados, los días, horas y vías de restricción para los vehículos de carga con peso igual o superior a 3.4 toneladas en los siguientes términos:
DÍAS, HORAS Y VÍAS DE APLICACIÓN A NIVEL PAÍS
DÍA | FECHA | HORARIO |
VIERNES | 12 Abril 2019 | 16:00 a 23:00 horas |
SÁBADO | 13 Abril 2019 | 09:00 a 17:00 horas |
DOMINGO | 14 Abril 2019 | 15:00 a 22:00 horas |
MIÉRCOLES | 17 Abril 2019 | 14:00 a 01:00 horas del Jueves 18 Abril |
JUEVES | 18 Abril 2019 | 06:00 a 11:00 horas |
VIERNES | 19 Abril 2019 | No aplica |
SÁBADO | 20 Abril 2019 | 14:00 a 22:00 horas |
DOMINGO | 21 Abril 2019 | 10:00 a 01:00 horas del lunes 21 Abril |
VÍAS A RESTRINGIR: | ||
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El Ministerio de Transporte señaló que si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.
El miércoles 17 de abril 2019, la restricción aplicará a los vehículos de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas en las 41 vías enunciadas en ambos sentidos viales.
Festivos
El jueves 18 de abril 2019, la restricción aplica para los vehículos de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas, en las 41 vías enunciadas anteriormente en el horario de 06:00 a 11:00 horas.
Sin embargo, para las salidas de la ciudad de Bogotá, vías del departamento de Cundinamarca y vía Bogotá – Girardot – Ibagué – Armenia – La Paila aplicará en ambos sentidos viales iniciará desde las 05:00 hasta las 17:00 horas.
El sábado 20 de abril 2019, la restricción aplica a los vehículos de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas, en las 41 vías enunciadas anteriormente en ambos sentidos viales.
El 21 de abril 2019, la restricción aplica en las 41 vías enunciadas anteriormente, en el horario de 10:00 a 01:00 horas del día lunes 22 de abril 2019, donde se aplicará SIN excepción alguna, a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas. Igualmente, se aplicará la restricción con dos horas de antelación al horario estipulado en la mencionada fecha en el corredor vial N° 7 (Bogotá – Fusagasugá – Melgar – Ibagué) para los vehículos de carga que transiten en sentido Ibagué – Bogotá.
El Mintransporte precisó que teniendo en cuenta el alto volumen de vehículos que transitarán durante la temporada Semana Santa, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional implementará los planes de regulación de tránsito (reversible, contraflujo, anillos viales) en los siguientes tramos viales, así:
El Ministerio de Transporte indicó que los anteriores horarios están sujetos a variación por parte de la Dirección de Tránsito y Transporte a través del Puesto de Mando Unificado “PMU”, si las condiciones del alto flujo vehicular o emergencia lo ameritan aplicando la nota especial del presente comunicado.
La restricción para vehículos de carga que transportan cebolla larga desde el municipio de Aquitania (Boyacá) con destino hacia la ciudad de Bogotá (CORABASTOS), aplicará únicamente para el domingo 21 de abril 2019 en el horario de 10:00 a 20:00 horas, debiendo extremar las medidas de seguridad para no afectar el tránsito y seguridad de los usuarios viales que se movilizan desde el Departamento de Boyacá.
Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a la restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional y el Ministerio de Transporte.
La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte y en coordinación con la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, autorizará la movilización de vehículos para la asistencia humanitaria y maquinaria para la atención de emergencias, situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial, asimismo de las entidades del sistema (Cruz Roja, Defensa Civil, Ejército Nacional y Policía Nacional).
Obras y contactos
El Instituto Nacional de Vías – INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI y las Concesiones de la red vial nacional, tienen programado suspender y no realizan obras en la red vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente comunicado.
No obstante lo anterior, en el desarrollo de algunos de los proyectos concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se adelantarán algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales existirá, por parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que brinde seguridad y movilidad a los usuarios.
Se establece el Puesto de Mando Unificado PMU en el Centro de Control y Operación Vial del Programa Seguridad Carreteras Nacionales ubicado en la calle 26 No. 54-41 Ciudad Empresarial Sarmiento Angulo Torre 8 Piso 9, con la presencia del Ministerio de Transporte, Superintendencia de Transporte, Instituto Nacional de Vías INVIAS y la Agencia Nacional de Infraestructura ANI.
Los datos de contacto son celular: 320-3039152, correo electrónico: ditra.ciesp@policia.gov.co se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el número de contacto es el #767.
Fuente: Colfecar
Imagen: MinTransporte