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TRANSPORTE FLUVIAL: Cormagdalena y Navelena acuerdan modificación al contrato del río Magdalena

Cormagdalena y Navelena acuerdan modificación al contrato del río Magdalena Cormagdalena y Navelena suscriben modificación al contrato de APP de navegabilidad del Río Magdalena para garantizar en cualquier caso la navegación en primer trimestre de 2017 Este viernes, Cormagdalena y la firma Navelena suscribieron un contrato de la asociación público privada con la que se […]

Cormagdalena y Navelena acuerdan modificación al contrato del río Magdalena

Cormagdalena y Navelena suscriben modificación al contrato de APP de navegabilidad del Río Magdalena para garantizar en cualquier caso la navegación en primer trimestre de 2017

Este viernes, Cormagdalena y la firma Navelena suscribieron un contrato de la asociación público privada con la que se pretende recuperar la navegabilidad del río Magdalena.
Previamente la entidad ambiental le había exigido seis requisitos a Navelena para que pusiera acceder a una quinta prórroga de contrato.

A través de un comunicado, expedido por Cormagdalena se conoció que la firma privada cumplió con lo exigido y “en consecuencia, se firmó el primer otrosí al contrato de app, lo que garantizará la navegabilidad por el Río Magdalena en el primer trimestre del año entrante, meses de mayor sequía”.

Esta modificación tiene la obligación de implementar la contingencia que garantizarán los los servicios durante el primer trimestre del 2017 “en caso de que se declare una eventual caducidad”.

Sin embargo, la entidad ordenó realizan audiencias cada viernes hasta el 16 de diciembre con el fin de revisar los avances en los compromisos de la firma. Esa fecha es el tiempo límite que tiene Navelena para realizar su cierre financiero.

Las solicitudes que debía cumplir Navelena fueron una cláusula que establezca que, en el caso de no obtener el cierre financiero en la nueva fecha, dicho consorcio se obliga a garantizar los niveles de servicio durante el primer trimestre del 2017. Además, la remuneración de las labores a cargo de dicho contratista solo se causará una vez finalizadas las actividades comprendidas en el plan de contingencia.

Esta obligación deberá estar amparada por una póliza de seguro en el contrato por un monto que supere los 18.000 millones de pesos.

Fuente: Portafolio

Imagen: Archivo Portafolio

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