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Restricción de Vehículos de Carga esta Semana Santa en la Red Vial Nacional

De acuerdo con el informe del Ministerio de Transporte, entre este miércoles y el próximo lunes 28 de marzo, hará restricción para el transporte de carga en la red vial nacional, con motivo de la Semana Santa. En el comunicado, la cartera de Transporte precisa que en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 0002307 del 12 […]

De acuerdo con el informe del Ministerio de Transporte, entre este miércoles y el próximo lunes 28 de marzo, hará restricción para el transporte de carga en la red vial nacional, con motivo de la Semana Santa.

En el comunicado, la cartera de Transporte precisa que en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 0002307 del 12 de Agosto 2014, en su artículo 2 TEMPORADA VACACIONAL DE SEMANA SANTA, se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados, que la restricción a aplicar para los vehículos de carga será en las fechas y horas relacionadas a continuación:

FECHAS, HORAS Y CORREDORES VIALES OBJETO DE LA RESTRICCIÓN VEHICULAR PARA EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE CARGA CON CAPACIDAD IGUAL O SUPERIOR A 3.4 TONELADAS:

Miércoles 23 de marzo – 12:00 a 23:00 horas

Jueves 24 de marzo – 06:00 a 11:00 horas

Sábado 26 de marzo – 12:00 a 22:00 horas

Domingo 27 de marzo- 10:00 a 01:00 horas

Lunes 28 de marzo – 10:00 a 01:00 horas

Las siguiente son las vías en las cuales regirá la restricción:

1. Vía El Manzano – Pereira – Riosucio – Ye de Cerritos – Cartago.

2. Armenia – Montenegro – Quimbaya.

3. Barranquilla – Cartagena (Vía al Mar)

4. Barranquilla – Ye de Ciénaga.

5. Bogotá –Choachí.

6. Bogotá – Chía – Cajicá – Ubaté – Chiquinquirá – Barbosa – San Gil – Bucaramanga.

7. Bogotá – Fusagasugá – Melgar – Ibagué.

8. Bogotá – La Vega – Villeta – Honda y Corán – Guaduas.

9. Bogotá – Tunja.

10. Bogotá – Villavicencio – Acacías.

11. Bogotá – La Calera – Guasca – Guatavita.

12. Bogotá – Mosquera – Facatativá – Sasaima – Villeta.

13. Bosconia – Zambrano – Carmen de Bolívar – Cruz del Viso – Turbaco – Cartagena.

14. Bucaramanga – La Lizama.

15. Bucaramanga – San Alberto.

16. Bucaramanga – Pamplona – Cúcuta.

17. Cali – Popayán – Pasto.

18. Chía – Cota – Mosquera – La Mesa – Girardot.

19. Cúcuta – Ye de Astilleros.

20. Hatillo – Barbosa.

21. Honda – Doradal – Medellín.

22. Ibagué – Armenia – La Paila.

23. Ibagué – Honda.

24. Manizales – Mariquita – Armero.

25. Medellín – Santa Fe de Antioquia.

26. Ye El Hatillo (Barbosa) – Yarumal – Caucasia.

27. Medellín – Primavera – La Pintada – La Felisa – La Manuela.

28. Montería – Cereté – Lorica – Coveñas – Tolú – Tolú Viejo – Cruz del Viso (Bolívar)

29. Neiva – Espinal – Girardot.

30. Neiva – Garzón – Pitalito – Mocoa.

31. Pasto – Chachagüí.

32. Puerto Araujo – Puerto Boyacá.

33. Riohacha – Valledupar.

34. Santa Marta – Riohacha.

35. Ye de Ciénaga – Fundación – San Roque – Aguachica.

36. Sibaté – Alto de San Miguel – Fusagasugá.

37. Tunja – Chiquinquirá.

38. Tunja – Barbosa.

39. Tunja – Duitama.

40. Villavicencio – Puerto López.

41. Villavicencio – Cumaral.

NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el artículo 3 de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.

NOTA 2: El día domingo 27 de marzo de 2016, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas. Igualmente se aplicará la restricción con dos horas de anticipación al horario estipulado en la mencionada fecha en el corredor vial N° 7 (BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ) para los vehículos de carga que vengan en sentido IBAGUÉ – BOGOTÁ.

NOTA 3: El día 27 de marzo de 2016 la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, implementará reversible en la vía Guaduas – Villeta desde la Glorieta de la Morena Km 31 hasta el Km 64+100 en el horario comprendido entre las 3 PM hasta las 5 PM, teniendo en cuenta el alto volumen que retornarán en este tramo vial desde el eje cafetero, Antioquia y la costa atlántica por la culminación de la Semana Santa, facilitando la movilidad de los usuarios que ingresan a la ciudad de Bogotá.

Se recomienda a los usuarios que transiten por este corredor vial como vías alternas las siguientes:

Calle 13 – Facatativá – Albán – Vianí – Cambao – Honda (para quienes se dirijan desde Bogotá a la costa atlántica y Antioquia)

Calle 13 – Facatativá – Albán – Vianí – Cambao – Armero –Guayabal – Maraquita (para quienes viajen desde Bogotá hacia el departamento de Caldas)

En estos dos tramos sólo está permitido el tránsito de vehículos livianos de pasajeros y carga hasta de 3.5 toneladas.

NOTA 4: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada se someterán a las restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por INVIAS.

NOTA 5: La restricción no aplica para los vehículos de carga que transportan carbón térmico desde el Departamento de Norte de Santander hacia la Costa Atlántica.

NOTA 6: La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito y fuerza mayor sobre la red vial nacional.

NOTA 7: Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en la resolución 2307 de 2014 “por la cual se establecen medidas para la regulación del tráfico vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y se dictan otras disposiciones”

NOTA 8: El Instituto Nacional de Vías – INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI, y las CONCESIONES de la red vial nacional, tienen programado suspender y no realizar obras en la red vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente comunicado. No obstante lo anterior, en algunos de los proyectos concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se adelantarán algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales existirá, por parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que brinde seguridad y movilidad a los usuarios.

NOTA 9: Se establece el Puesto de Mando Unificado PMU en la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, con la presencia del Ministerio de Transporte, la Superintendencia de Puertos y Transporte, INVIAS y ANI. Los datos de contacto son: correo electrónico ditra.ciesp@policia.gov.co. Se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el número de contacto es el #767.

De acuerdo a la Resolución 01736 del 16 de marzo de 2016, se levanta la medida de restricción vehicular para los días miércoles 23, jueves 24 y viernes 25 de marzo en la vía Loboguerrero – Mediacanoa desde el Km 64+0100 al Km 81+0500 en el Departamento del Valle.

Dicho levantamiento puede ser nuevamente revisado por el Gerente del Corredor Logístico creado en el Artículo Quinto de la Resolución N°4306 del 26 de junio de 2015. Una vez revisados solo se podrán modificar siempre y cuando se consulte y apruebe por el Comité de Seguimiento creado con el Artículo Tercero de la Resolución N° 4306 del 26 de junio de 2015.

FUENTE: Radio Santafe Bogotá.