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Restricciones de movilidad en puentes festivos

Restricciones de movilidad en puentes festivos

En el marco de los puentes festivos de agosto, el Ministerio de Transporte ha anunciado una medida que afectará a los vehículos de carga con un peso igual o superior a 3,4 toneladas. Durante los fines de semana festivos de la conmemoración del Puente de Boyacá y la asunción de la Virgen, se aplicará una restricción de movilidad en varias vías de la red nacional.

Según lo establecido en las Resoluciones 761 del 01 de abril de 2013 y 0002307 del 12 de agosto de 2014, los horarios y las vías en las que regirá esta medida de movilidad son detallados a continuación:

Puente festivo “Batalla de Boyacá”

  • Viernes 4 de agosto de 2023: desde las 3:00 p. m. hasta las 11:00 p. m., se aplicará la restricción en las salidas de Bogotá D.C. y en las vías del departamento de Cundinamarca en sentido éxodo. En la vía “Bogotá – Villavicencio” la restricción aplicará en ambos sentidos. Además, desde las 12:00 m hasta las 11:00 p.m, habrá restricciones en las vías “Bogotá – Soacha – Fusagasugá – Melgar – Ibagué” e “Ibagué – Calarcá – Pereira – Cartago – La Paila”.
  • Sábado 5 de agosto de 2023: desde las 6:00 a. m. hasta las 3:00 p. m., se aplicará la restricción en ambos sentidos en todas las vías previamente anunciadas.
  • Domingo 6 de agosto de 2023: la restricción aplicará en ambos sentidos únicamente en las vías “Bogotá – Girardot – Ibagué”, “Ibagué – Calarcá – Pereira – Cartago – La Paila” y “Bogotá – Villavicencio”, desde las 4:00 p. m. hasta las 11:00 p. m.
  • Lunes 7 de agosto de 2023: desde las 8:00 a. m. hasta la 01:00 a. m. del 8 de agosto, aplicará sin ningún tipo de excepción en ambos sentidos, en las vías “Bogotá – Girardot – Ibagué” e “Ibagué – Calarcá – Pereira – Cartago – La Paila”. En la vía “Bogotá – Villavicencio”, la restricción se mantendrá sin excepción desde las 10:00 a 01:00 horas del día siguiente.

Puente Asunción de la Virgen

  • Viernes 18 de agosto de 2023: desde las 3:00 p. m. hasta las 11:00 p. m., la restricción aplicará en las salidas de Bogotá D.C. y en las vías del departamento de Cundinamarca en sentido éxodo. En la vía “Bogotá – Villavicencio” la restricción aplicará en ambos sentidos. Además, desde las 12:00 m hasta las 11:00 p.m, habrá restricciones en las vías “Bogotá – Soacha – Fusagasugá – Melgar – Ibagué” e “Ibagué – Calarcá – Pereira – Cartago – La Paila”.
  • Sábado 19 de agosto de 2023: desde las 6:00 a. m. hasta las 3:00 p. m., se aplicará la restricción en ambos sentidos en todas las vías previamente anunciadas.
  • Domingo 20 de agosto de 2023: la restricción aplicará en ambos sentidos únicamente en las vías “Bogotá – Girardot – Ibagué”, “Ibagué – Calarcá – Pereira – Cartago – La Paila” y “Bogotá – Villavicencio”, desde las 4:00 p. m. hasta las 11:00 p. m.
  • Lunes 21 de agosto de 2023: desde las 8:00 a. m. hasta la 01:00 a. m. del 8 de agosto, aplicará sin ningún tipo de excepción en ambos sentidos, en las vías “Bogotá – Girardot – Ibagué” e “Ibagué – Calarcá – Pereira – Cartago – La Paila”. En la vía “Bogotá – Villavicencio”, la restricción se mantendrá sin excepción desde las 10:00 a 01:00 horas del día siguiente.

Las vías en las que se aplicarán las restricciones para vehículos de carga incluyen importantes rutas como la “Bogotá – Villavicencio”, “Bucaramanga – Pamplona – Cúcuta” y “Neiva – Espinal – Girardot”, entre otras.

Esta medida tiene como objetivo mitigar la congestión vehicular durante los puentes festivos, especialmente en aquellas vías que suelen experimentar un mayor flujo de tráfico debido al aumento de viajeros y turistas.

Si bien la restricción puede suponer un desafío para algunos transportadores y empresas que dependen del traslado de mercancías durante los fines de semana festivos, es importante tener en cuenta que estas medidas buscan garantizar la seguridad vial y brindar una mejor experiencia de movilidad para todos los usuarios de las carreteras.