El cambio es válido para viajes en rutas nacionalesViajar en avión. Hasta este año fue necesario, para poder viajar en avión en rutas nacionales, presentar la cédula o la tarjeta de identidad. A través de la resolución 0041 del 10 de enero de 2020, la Aeronáutica Civil definió que ya no será necesario presentar este documento para poder ingresar al vuelo. A partir de esa fecha, se lee en la resolución, será útil cualquier otro documento que sea expedido por una entidad gubernamental, que contenga el nombre completo, el número del documento y la foto del titular. Entre los documentos aceptados por la autoridad aeronáutica se encuentran: el pasaporte, la libreta militar, la licencia de conducción o la tarjeta profesional. El único requisito es que dichos papeles se encuentren vigentes.
Para los extranjeros que vayan a viajar en rutas nacionales, señaló la aeronáutica, los documentos válidos para ingresar a las zonas restringidas de los aeropuertos son o el pasaporte o la cédula de extranjería.TRANSPORTE AÉREO: Ya no le pedirán la cédula para viajar en avión por Colombia
La única excepción para los extranjeros será en el caso de que “sus países tengan vigentes con la República de Colombia convenios bilaterales o multilaterales que contemplen la validez de otros documentos de sus países de origen para identificación en el tráfico aéreo”
Fuente: El Colombiano
Imagen: Archivo El Colombiano
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