El uso de visores oscuros o tipo espejo en los cascos de motociclistas no está expresamente prohibido en Colombia. Sin embargo, la normativa vigente sí impone condiciones estrictas relacionadas con la seguridad y la visibilidad durante la conducción.
La discusión ha tomado relevancia entre conductores ante la práctica común de aplicar películas polarizadas en distintos vehículos. En el caso de las motocicletas, la inquietud no gira en torno a los vidrios —como ocurre con los automóviles— sino específicamente al visor del casco.
De acuerdo con la Resolución 23385 de 2020 del Ministerio de Transporte, no existe una prohibición directa frente al uso de visores oscuros. No obstante, la regulación establece que todos los elementos de protección deben garantizar condiciones adecuadas de funcionamiento y no comprometer la seguridad vial.
La clave está en la visibilidad
Más allá del color del visor, el punto central es si este afecta la capacidad de visión del motociclista. La norma exige que el casco y sus componentes se encuentren en buen estado y permitan una visibilidad óptima en cualquier condición de conducción.
Si un visor polarizado reduce la visión, especialmente en horarios nocturnos o en entornos con poca iluminación, las autoridades de tránsito pueden imponer sanciones por incumplimiento de las condiciones técnicas exigidas. En ese escenario, el comparendo no se aplicaría por el tono del visor en sí, sino por comprometer la seguridad del conductor.
En materia de polarización, también se suele citar la Resolución 3777 de 2003, que regula la transmisión de luz en los vidrios de los vehículos. Sin embargo, esta disposición está orientada principalmente a automotores y no aborda de forma específica el visor del casco.
Certificaciones y requisitos técnicos
La normativa colombiana exige que los cascos cuenten con certificaciones internacionales reconocidas, como la ECE 22.06 o la DOT, que garantizan que el elemento de protección ha superado pruebas de calidad y resistencia.
Además, el casco debe ajustarse correctamente, cubrir la parte superior de la cabeza y mantener el visor en posición adecuada durante la conducción. Cualquier modificación que altere sus condiciones originales podría afectar su desempeño y, eventualmente, derivar en sanciones si se considera que pone en riesgo la seguridad vial.
Controles y criterio de la autoridad
Aunque la regulación es de carácter nacional, su aplicación puede intensificarse mediante operativos locales. En la práctica, el criterio del agente de tránsito resulta determinante si considera que el visor limita la visibilidad del conductor.
En conclusión, la normativa no establece una prohibición absoluta frente a los visores polarizados. Sin embargo, su uso está condicionado a que no afecte la visibilidad ni comprometa la seguridad en la vía. La decisión final dependerá de si el accesorio permite al motociclista mantener una visión clara y cumplir con los estándares técnicos exigidos por la ley vigente.














