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MINTRANSPORTE: Supertransporte formula pliego de cargos en contra de 37 empresas de transporte de carga

MINTRANSPORTE: Supertransporte formula pliego de cargos en contra de 37 empresas de transporte de carga

La SuperTransporte ha iniciado una campaña de verificación del cumplimiento de la normatividad en transporte de carga

  • La Superintendencia de Transporte, en el ejercicio de sus funciones de inspección, vigilancia y control, abrió investigación a 10 empresas por presuntamente vulnerar el régimen de relaciones económicas, y a otras 27 por no subir información sobre sus despachos y control de infracciones, a las plataformas RNDC y Vigía.
  • En esta época de emergencia económica y sanitaria, la SuperTransporte ha iniciado una campaña de verificación del cumplimiento de la normatividad en transporte de carga, especialmente sobre las relaciones económicas y cumplimiento de tiempos logísticos.  
  • La SuperTransporte confía en que puede apoyar al mercado no solamente con investigaciones, sino con prevención. Por lo tanto, lanzó la “Guía sobre Relaciones Económicas”.
En el marco de la declaración de emergencia económica, social y ecológica generada por el coronavirus COVID-19, la Superintendencia de Transporte abrió investigaciones y formuló cargos en contra de 37 empresas transportadoras de carga, por incurrir en conductas que presuntamente vulneran el régimen de costos eficientes de operación y el suministro de información ante los organismos de control. Los cargos Los cargos imputados a diez (10) empresas de servicio público de transporte terrestre automotor de carga, se formularon debido a que no se estaría garantizando la simetría de las relaciones económicas en la cadena de transporte al presuntamente pagar por debajo de los de costos eficientes de operación. En relación con las otras veintisiete (27) empresas de servicio público de transporte terrestre automotor de carga, se formula pliego de cargos al encontrar material probatorio que permitiría establecer el presunto incumplimiento en relación a (i) no expedición y reporte de manifiestos de carga ante la plataforma del RNDC, (ii) no enviar los programas de control y seguimiento a las infracciones de tránsito de los conductores a través de la plataforma VIGIA y, (iii) incurrir en una cesación injustificada de actividades. Posibles Sanciones En caso de ser encontradas responsables, las empresas habilitadas para transporte público de carga, podrían ser multada hasta con setecientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (700 SMMLV), por cada uno de los cargos imputados.  Para el caso en específico del Reporte del Control de Infracciones de Conductores, procede la multa establecida en el Código Nacional de Tránsito que corresponde a cien salarios mínimos legales mensuales vigentes (100 SMMLV).  Y, en el caso de comprobarse la injustificada cesación de actividades por parte de la empresa transportadora, se podría llegar a la cancelación de la habilitación otorgada por el Ministerio de Transporte Por lo anterior, la Superintendencia de Transporte se encuentra adelantando el procedimiento administrativo sancionatorio, el cual se llevará a cabo de conformidad con lo dispuesto en la normatividad vigente. Campaña de verificación de cumplimiento en transporte de carga En adición a las anteriores aperturas, la Superintendencia de Transporte inició una campaña de verificación de operaciones en las que se pudo haber infringido (i) el régimen de relaciones económicas y (ii) el cumplimiento de los tiempos de cargue y descargue. Al respecto, el Superintendente Camilo Pabón Almanza manifestó que el régimen de relaciones económicas en el transporte terrestre automotor de carga impacta de manera trasversal a todos los actores de la cadena, por lo que esta Superintendencia vigilará el cumplimiento de la normatividad, sin perjuicio de las competencias judiciales para los reclamos particulares en cada caso”. Acciones pedagógicas y de prevención Convencidos de que la prevención debe complementar las acciones represivas, la Superintendencia publica la “Guía de Relaciones Económicas”, en la cual se explica a los generadores de carga, empresas de transporte y a los transportadores mismos, cuál es el régimen de precios en transporte de carga, qué consecuencias hay por su infracción y las competencias de esta Superintendencia. El Superintendente, Pabón explicó que “la Guía estuvo colgada para comentarios del público por más de 3 meses y se construyó de la mano con el sector privado. Es un valioso instrumento de prevención para evitar conflictos entre los actores de la cadena logística”. Fuente: Ministerio de Transporte Imagen: Archivo Ministerio de Transporte Ver artículo original Volver a página de inicio]]>