Ninguno de los magistrados del alto tribunal se opuso a declarar la inconstitucionalidad del artículo 11 de la Ley 2161.
La Corte Constitucional tomó este miércoles una decisión que toca directamente a las personas que tienen licencia de conducción para vehículos particulares, y que se vencieron entre el 1 y 31 de enero de este año.
Lo que determinó el alto tribunal es que ya no va a regir el beneficio que tenía todo ciudadano para renovar su documento hasta dos años después del 31 de diciembre de 2021.
Sin embargo, dejó una salida para que las personas que se puedan ver afectadas tengan solución a sus trámites. De manera unánime, los magistrados de la Corte manifestaron que la caída del artículo 11 de la Ley 2161 de 2021 se aplicará de manera diferida.
Por lo tanto, hay plazo hasta el 20 de junio de 2023 para que toda persona a la que se le vencía su licencia en ese lapso pueda renovarla sin ningún inconveniente. Esa fecha se puso porque son conscientes de que se colapsaría el sistema si la derogaban de una vez por todas.
En plata blanca, esto traduce en que si antes se podía hacerlo hasta el 31 de diciembre de 2023, ahora solamente se va a poder hasta junio del próximo año, puesto que al aprobar ese beneficio bajo la Ley 2161 de 2021, se incurrió en un error que la Corte no podía dejar pasar por alto y por eso declaró la inconstitucionalidad del artículo 11, el del beneficio.
¿Cómo renovar mi licencia?
De acuerdo con el Ministerio de Transporte, lo primero que tiene que hacer para renovar su licencia de conducción es ir a un Centro de Reconocimiento de Conductores (CRC). Allí debe pedir una cita para que le hagan varios exámenes físicos y mentales con los cuales verificarán si usted es apto para seguir conduciendo.
No olvide llevar su cédula a la cita y contar con tiempo suficiente, pues los exámenes pueden tardar un par de horas. Una vez cumpla con los requisitos, sus datos quedarán alojados en la plataforma del Runt. Recuerde que no debe tener multas o infracciones de tránsito pendientes.
¿Y cuanto le costaría hacer la vuelta? Según el Ministerio de Tránsito, esto dependerá directamente de las tarifas que manejen las autoridades de tránsito departamentales, distritales o municipales.
Por último, tenga en cuenta que las autoridades de tránsito pueden ponerle una multa si lo encuentran manejando un vehículo con la licencia de conducción vencida.
El debate jurídico
La Sala Plena de la Corte lo que hizo fue tumbar de una vez por todas el Artículo 11 con el que se suspendía el vencimiento de las licencias entre ese periodo de tiempo.
La razón de esa declaración de inconstitucionalidad se dio porque ese beneficio no tiene nada que ver con el grueso de la ley en cuestión –la 2161–, que trata de incentivos para que la gente actualice su Soat.
Fuente: Elcolombiano
Imagen: Elcolombiano
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