Según ha aclarado el Ministerio, existía el riesgo de que la ayuda fuese declarada ilegal y, en ese caso, la Comisión Europea podría obligar a que las empresas de transporte devolvieran las ayudas ya recibidas y a prohibir la bonificación del Real Decreto-ley 20/2022.
Tras el revuelo mediático que ha causado la noticia que publicamos la semana pasada, informando de que el Ministerio de Transportes había aprobado extender las bonificaciones de 20 céntimos por litro de combustible a las empresas de transporte extranjeras que operan en España, el departamento que dirige Raquel Sánchez se ha visto obligado ha emitir una nota en la que aclara los motivos de esta modificación. Tal y como explica, el cambio se debe al aviso que ha lanzado Bruselas a España ante la posibilidad de iniciar un procedimiento de infracción de competencia debido a la exclusión en las ayudas a vehículos que repostan en nuestro país.
Existía el riesgo de que la ayuda fuese declarada ilegal y, en ese caso, la Comisión Europea podría obligar a que las empresas de transporte devolvieran las ayudas ya recibidas y a prohibir la bonificación del Real Decreto-ley 20/2022.
De esta manera, Transportes quiere dejar claro que “no se debe a ninguna exigencia de los transportistas españoles”, sino que la Unión Europea podría emprender acciones legales al entender que mantener las ayudas solo para los vehículos matriculados en España es una práctica desleal y, por tanto, no se aplica la legislación europea.
Este cambio no altera en absoluto la recepción de la bonificación de los 20 y 10 céntimos por litro de combustible a la que tienen acceso las empresas y autónomos españoles beneficiarios del gasóleo profesional una ayuda que, gracias a las negociaciones del CNTC, el Gobierno prorrogó la ayuda a los combustibles para los profesionales del transporte.
Transportes quiere dejar claro que “no se debe a ninguna exigencia de los transportistas españoles”, sino que la Unión Europea podría emprender acciones legales al entender que mantener las ayudas solo para los vehículos matriculados en España es una práctica desleal y, por tanto, no se aplica la legislación europea.
Se da la circunstancia, según aclaran desde CETM que esta situación también ocurre a la inversa, en otros países como Italia, Bélgica o Francia, donde las empresas españolas pueden solicitar el gasóleo profesional. Y cuando en estos países europeos han mantenido ayudas para afrontar el coste de los combustibles como consecuencia de la invasión de Rusia a Ucrania, como ocurrió en Francia, Alemania o Portugal, las flotas españolas también han podido beneficiarse en el caso del transporte internacional.
Requerimiento de información de la DG Competencia de la Comisión Europea
Por parte de la Dirección General de Competencia de la Comisión Europea se envió en marzo una petición de
aclaraciones por una posible concesión de supuestas ayudas estatales que podrían no ser compatible con el
mercado interior de acuerdo lo que establece a este respecto el Tratado de Funcionamiento de la UE.
Artículo 107: 1. Salvo que los Tratados dispongan otra cosa, serán incompatibles con el mercado interior,
en la medida en que afecten a los intercambios comerciales entre Estados miembros, las ayudas otorgadas
por los Estados o mediante fondos estatales, bajo cualquier forma, que falseen o amenacen falsear la
competencia, favoreciendo a determinadas empresas o producciones.
Valoración del MITMA
De acuerdo con la estructura de costes del transporte, el precio del gasóleo representa entre un 30–40% de los
costes de explotación de un vehículo. Por este motivo, cualquier ayuda directa para rebajar el precio del gasóleo
que se pueda conceder puede tener un impacto directo que altere la normal competencia para el transporte
internacional entre las distintas empresas de los estados miembros.
Por ello, sobre la base de la reciprocidad que se aplica a cualquier otra ayuda equivalente que cualquier otro
estado miembro pueda conceder (y de la que, por tanto, resultarían también beneficiarios los transportistas
españoles que pudieran repostar en esos estados miembros) se decidió ampliar la condición de beneficiario de
estas ayudas.
Fuente: Autonomos en Ruta
Imagen: Autonomos en Ruta