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Sanción superior a $200.000: la práctica de algunos ciclistas que puede costarles una multa en Bogotá

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Las autoridades de movilidad en Bogotá reiteraron el llamado a los ciclistas para cumplir las normas de tránsito, luego de advertir que una conducta frecuente, adoptada por algunos para “ganar tiempo”, puede derivar en sanciones económicas superiores a los $200.000 y poner en riesgo la seguridad vial.

La Secretaría Distrital de Movilidad recordó que el Código Nacional de Tránsito establece reglas claras para quienes se desplazan en bicicleta, con el objetivo de proteger la vida del ciclista y la de los demás actores viales. Entre ellas, se encuentra la prohibición de cruzar puentes peatonales montados en la bicicleta, una infracción que sigue siendo recurrente en la ciudad.

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De acuerdo con la normativa vigente y la Resolución 160 de 2017, el uso del casco es obligatorio para menores de edad y durante competencias o entrenamientos deportivos. Aunque para los adultos no es un requisito general en vías urbanas, las autoridades recomiendan su uso permanente como medida de prevención.

En el caso de Bogotá, la Alcaldía Mayor enfatizó que los ciclistas deben transitar a una distancia máxima de un metro del borde de la calzada, circular en fila cuando se desplacen en grupo y abstenerse de sujetarse a vehículos en movimiento, prácticas que representan un alto riesgo de accidente.

Adicionalmente, la Ley 2486 de 2025 prohíbe a los usuarios de bicicleta movilizarse por aceras o zonas exclusivas para peatones, transportar más de un pasajero o llevar objetos que dificulten la visibilidad o el control del vehículo.

Las autoridades precisaron que quienes incumplan la norma y crucen puentes peatonales sin descender de la bicicleta se exponen a multas que superan los $200.000, según lo estipulado en el Código Nacional de Tránsito.

¿Puede haber inmovilización?

El artículo 131 de la Ley 769 de 2002 faculta a las autoridades para imponer comparendos equivalentes a cuatro salarios mínimos diarios legales vigentes, además de la inmovilización del vehículo, como medida sancionatoria frente a esta conducta.

La Secretaría de Movilidad insistió en que estas disposiciones no buscan desincentivar el uso de la bicicleta, sino fortalecer la seguridad vial. Según la entidad, circular indebidamente por puentes peatonales incrementa el riesgo de colisiones en rampas y puntos ciegos.

Cumplir las normas, concluyen las autoridades, no solo evita sanciones y procedimientos de inmovilización, sino que contribuye a que la bicicleta continúe consolidándose como una alternativa de movilidad segura y sostenible en la capital.


Fuente: El Tiempo