El 18 de diciembre vence plazo para autorizar “cámaras salva vidas” en funcionamiento
Cámaras salva vidas. Hasta mediados de diciembre tendrán plazo quienes estén utilizando sistemas o equipos automáticos, semiautomáticos y otros medios tecnológicos para la detección de presuntas infracciones de tránsito (SAST), para tramitar y obtener aprobación por parte del Ministerio de Transporte, de acuerdo con la Ley 1843 de 2017 y la Resolución 718 del 22 de marzo de 2018, expedida por el MinTransporte y la Agencia Nacional de Seguridad Vial, pues de lo contrario deberán suspender su operación.
La Resolución 718 estableció los criterios técnicos para la instalación y/u operación de los SAST y determinó que “La presente Resolución es aplicable a todas las autoridades de tránsito en el país, que directamente, o a través de terceros, instalen y operen estos sistemas…”.
El parágrafo 1 de la resolución expresó que: “Los SAST que se encuentren en funcionamiento deberán tener tramitada y aprobada la autorización de que trata el presente acto administrativo dentro de los 180 días siguientes a la publicación de la presente resolución. Una vez vencido este término sin que se haya obtenido la debida autorización, el respectivo SAST no podrá operar conforme con lo establecido en el artículo 2° de la Ley 1843 de 2017”.
Para hacer claridad sobre el plazo máximo establecido para la autorización de operación de los SAST que se encuentren en funcionamiento, el Ministerio de Transporte a través de Circular, aclaró a las autoridades de tránsito, usuarios y ciudadanía en general, que los 180 días son “hábiles” e inician a contabilizarse a partir de la publicación de la Resolución 718 de 2018, por lo que el plazo para la obtención de dicha autorización vence el 18 de diciembre de 2018.
La autoridad de tránsito competente del lugar donde se pretenda instalar y/u operar los SAST de detección fija o móvil, antes de hacerlo deberá contar con la autorización del Ministerio de Transporte, previo concepto técnico de la ANSV, de conformidad con la metodología de evaluación establecida en la Resolución No. 426 de 2018.
Fuente: Agencia Nacional de Seguridad Vial
Imagen: Archivo El Colombiano
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