Colfecar asesorará a empresas afiliadas sobre programa de “Autorregulación Ambiental” por Restricción en la Calle 13 Restricción en la Calle 13. Colfecar puso en marcha un plan para sus empresas afiliadas, encaminado a brindarle apoyo en la implementación del programa de “Autorregulación Ambiental”, que adelanta la administración Distrital de Bogotá, con el fin de reducir el impacto de la medida de restricción vehícular que se aplicará por el corredor de la calle 13 a partir del 17 de noviembre próximo. El gremio transportador recordó que el Decreto No. 593 de 2018 “Por medio del cual se modifica el Decreto Distrital 520 de 2013, que establece restricciones y condiciones para el tránsito de los vehículos de transporte de carga en el área urbana del Distrito Capital y se dictan otras disposiciones”, expedido el pasado 17 de octubre por la Alcaldía Distrital de Bogotá, contempla entre las excepciones a su restricción “las empresas de transporte de carga que se encuentren vinculadas al Programa de Autorregulación Ambiental, sustentado en el Decreto Distrital 174 de 2006.” El Programa de Autorregulación se estableció mediante el Decreto Distrital 174 de 2006 “Por medio del cual se adoptan medidas para reducir la contaminación y mejorar la calidad del aire en el Distrito Capital”. Cabe recordar que la administración de Bogotá tomó la decisión de restringir la circulación de camiones por la calle 13, entre las 6 y 8 de la mañana, a partir del 17 de noviembre, medida que fue rechaza por Colfecar ya que esto afectará seriamente al sector del transporte de carga. Tras conocer el anuncio del Secretario de Movilidad, Juan Pablo Bocarejo, el presidente Ejecutivo de Colfecar, Juan Carlos Rodríguez Muñoz, manifestó que este horario se suma al ya establecido, entre 9 y 10 de la mañana, para el pico y placa ambiental, lo que significará que los transportadores tendrán una improductividad de 4 horas diarias incrementando sus costos operativos y generando pérdidas millonarias a ellos y a los generadores de la carga. “Consideramos que cualquier restricción debe someterse previamente a la evaluación de la Comisión Intersectorial de Corredores Logísticos, para lo cual pedimos su convocatoria de manera extraordinaria, con el fin de que emita su concepto de viabilidad técnico-económica para flujo de vehículos de carga en conjunto con el municipio tal y como lo establece el Artículo 5 del Decreto 1478/14” planteó Rodríguez Muñoz. Fuente: Colfecar Imagen: Archivo Colfecar Ver artículo original Volver a página de inicio]]>
TRANSPORTE DE CARGA: Colfecar asesorará a empresas afiliadas sobre programa de "Autorregulación Ambiental" por Restricción en la Calle 13
29 octubre, 2018
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