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Remolques y semirremolques deberán cumplir revisión técnico-mecánica obligatoria en Colombia

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El Ministerio de Transporte puso en marcha una nueva reglamentación que marca un cambio en los controles para los vehículos de carga en el país. Desde agosto de 2026, los remolques y semirremolques que circulan por las carreteras colombianas deberán someterse, por primera vez, a la revisión técnico-mecánica obligatoria, una medida que busca fortalecer la seguridad vial y reducir los riesgos derivados de fallas mecánicas.

En Colombia, los vehículos particulares y las motocicletas ya cuentan con plazos definidos en el Código Nacional de Tránsito para realizar la revisión técnico-mecánica en los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA). La normativa establece que los vehículos particulares nuevos, distintos de motocicletas, deben presentar su primera inspección al cumplir seis años desde la fecha de matrícula, mientras que los vehículos de servicio público, las motocicletas y sus similares deben hacerlo a los dos años.

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Sin embargo, hasta ahora la legislación no contemplaba una regulación específica para remolques y semirremolques. Esta situación cambia con la expedición de la Resolución 20263040030265, mediante la cual el Ministerio de Transporte reglamenta por primera vez la revisión técnico-mecánica y de emisiones para este tipo de unidades.

De acuerdo con la entidad, la medida busca disminuir los riesgos asociados a fallas mecánicas en el transporte de carga y contribuir a la protección de todos los actores viales. Además, la resolución define las condiciones técnicas y operativas para que los Centros de Diagnóstico Automotor de clases C y D puedan realizar estas inspecciones, incorporando procedimientos, estándares técnicos, cronogramas de implementación y mecanismos de supervisión que anteriormente no existían en la normativa nacional.

Más de 120.000 unidades estarán sujetas a la nueva obligación

La nueva reglamentación tendrá impacto sobre más de 120.000 remolques y semirremolques registrados en el país. Según cifras del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT), actualmente existen 2.869 remolques y 118.293 semirremolques matriculados en Colombia.

El Ministerio de Transporte indicó que cerca del 50,95 % de estas unidades ha realizado operaciones de carga durante los últimos tres años, lo que evidencia la importancia de establecer controles técnicos para este segmento del parque automotor.

La cartera también resaltó que la medida responde a las cifras de siniestralidad del transporte de carga. Datos del Observatorio de la Agencia Nacional de Seguridad Vial señalan que la tasa de letalidad en este sector alcanza el 49,6 %, un indicador que supera ampliamente el promedio nacional.

Frecuencia de la revisión y cronograma de implementación

La nueva normativa establece que los remolques y semirremolques deberán realizar la revisión técnico-mecánica una vez al año, procedimiento que deberá efectuarse con la unidad acoplada a un vehículo tractocamión y siguiendo los parámetros establecidos en la Norma Técnica Colombiana NTC 5375-4:2024.

Para las unidades que ya se encuentran matriculadas se implementará un cronograma gradual que definirá la fecha de su primera inspección. En el caso de los remolques y semirremolques nuevos, la revisión deberá efectuarse dentro de los dos años siguientes a la matrícula.

Asimismo, la resolución permite que los Centros de Diagnóstico Automotor de clases C y D amplíen su acreditación ante el Organismo Nacional de Acreditación de Colombia (ONAC) para prestar este servicio, fortalece las funciones de vigilancia de la Superintendencia de Transporte y actualiza el sistema RUNT para registrar y controlar estas nuevas revisiones.

Nota Editorial: Este contenido fue escrito con la asistencia de un editor de eltransporte.com, basado en información de conocimiento público divulgada a medios de comunicación.

Fuente: redmas.com.co