El Ministerio de Transporte estudia incorporar un modelo de licencia de conducción por puntos dentro de la reforma al Código Nacional de Tránsito, una iniciativa que busca endurecer las consecuencias para los conductores reincidentes y fortalecer la seguridad vial en Colombia. La propuesta contempla descontar puntos por cometer infracciones y suspender o cancelar el permiso de conducción cuando el saldo llegue a cero.
La iniciativa todavía se encuentra en etapa de discusión con diferentes sectores y necesitará aprobación del Congreso de la República para convertirse en ley. Su propósito es que comportamientos como exceder los límites de velocidad, conducir bajo los efectos del alcohol y cometer otras infracciones que pongan en riesgo la vida de los usuarios de las vías tengan consecuencias adicionales a las sanciones económicas.
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El Ministerio de Transporte considera que este mecanismo podría contribuir a disminuir la reincidencia y promover una mayor responsabilidad entre quienes conducen vehículos en el país.
La propuesta cobra relevancia ante el panorama de siniestralidad vial en Colombia, donde, según cifras mencionadas por la cartera, más de 8.000 personas pierden la vida cada año en accidentes de tránsito. Frente a esta situación, la ministra de Transporte, Elsa Noguera, señaló la necesidad de modificar el tratamiento de las conductas que ponen en peligro a otros actores viales.
La funcionaria sostuvo que no resulta suficiente imponer multas cuando los conductores acumulan infracciones graves, especialmente aquellas relacionadas con el exceso de velocidad y la conducción bajo los efectos del alcohol.
Los puntos estarían asociados directamente al conductor
Uno de los principales elementos del modelo consiste en asignar un puntaje individual a cada licencia de conducción. Esto significa que los puntos estarían vinculados a la persona y no al vehículo que utiliza.
Por lo tanto, cambiar de automóvil o motocicleta, o renovar el documento de conducción, no permitiría recuperar automáticamente el saldo perdido por las infracciones cometidas.
Como antecedente, un proyecto legislativo que fue discutido anteriormente contemplaba una asignación inicial de 26 puntos para conductores particulares y 36 para quienes cuentan con licencias de servicio público. Sin embargo, el Ministerio de Transporte todavía no ha confirmado si estos valores serán incluidos en la nueva propuesta.
El descuento de puntos tampoco se produciría inmediatamente después de recibir un comparendo. La reducción únicamente tendría lugar cuando la sanción quede ejecutoriada, es decir, cuando exista una decisión administrativa definitiva.
Esta condición busca garantizar el debido proceso y permitir que los conductores ejerzan su derecho a controvertir las infracciones ante las autoridades competentes.
En el proyecto anterior se contemplaban descuentos de 4, 6, 8 o 10 puntos, dependiendo de la gravedad de la conducta. Entre las infracciones consideradas estaban los excesos significativos de velocidad, circular sin los seguros obligatorios y otras faltas contempladas en el Código Nacional de Tránsito.
Además, la autoridad tendría que especificar en la orden de comparendo la cantidad de puntos que podría perder el infractor. Una vez la sanción quede en firme, la información sería incorporada a los sistemas del Registro Único Nacional de Tránsito (RUNT) y del Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (SIMIT).
¿Que pasaría si un conductor pierde todos sus puntos?
El agotamiento del saldo tendría consecuencias progresivas. De acuerdo con el esquema que se había planteado en el anterior proyecto legislativo, la primera pérdida total de puntos ocasionaría una suspensión de la licencia durante nueve meses.
Si el conductor volviera a perder la totalidad del puntaje, la suspensión aumentaría a 18 meses. Una tercera pérdida completa tendría como consecuencia la cancelación definitiva del documento de conducción.
Para recuperar el derecho a conducir después de las dos primeras suspensiones, sería obligatorio realizar un curso sobre normas de tránsito y seguridad vial, además de cumplir el período establecido por la autoridad.
El modelo anterior también contemplaba una reducción progresiva del puntaje inicial después de cada suspensión:
- Primera suspensión: El conductor particular recibiría nuevamente 23 puntos, mientras que el de servicio público tendría 33.
- Segunda suspensión: El saldo se reduciría a 20 puntos para licencias particulares y 30 para las de servicio público.
- Tercera pérdida total: Se aplicaría la cancelación de la licencia.
Estas condiciones corresponden al esquema debatido anteriormente y no constituyen todavía reglas definitivas de la reforma que prepara el Gobierno.
También habría alternativas para recuperar puntos
La propuesta contempla mecanismos para que los conductores puedan recuperar parte del puntaje perdido, siempre que cumplan determinadas condiciones.
Una de las alternativas planteadas consiste en permitir la recuperación de los puntos descontados cuando transcurran dos años sin cometer nuevas infracciones que impliquen reducciones en el saldo.
El proyecto legislativo anterior también incluía la posibilidad de recuperar dos puntos por cada infracción mediante la realización de cursos de formación vial, de acuerdo con los requisitos que estableciera la reglamentación.
Adicionalmente, se proponía incentivar el reconocimiento oportuno de las infracciones. En ese escenario, quienes aceptaran la falta, pagaran la multa y asistieran a una capacitación dentro de los plazos establecidos podrían recibir una reducción equivalente al 50 % del descuento de puntos correspondiente a la conducta cometida.
La intención de estas medidas sería combinar las sanciones con procesos de educación y sensibilización para mejorar el comportamiento de los conductores en las vías.
La licencia por puntos necesita un nuevo tramite legislativo
El sistema ya había tenido un recorrido en el Congreso de la República mediante el Proyecto de Ley 277 de 2025 Senado y 058 de 2024 Cámara. La iniciativa avanzó en el trámite legislativo, pero no logró completar su aprobación después de que la Cámara de Representantes rechazara el informe de conciliación.
Por esta razón, el modelo todavía no tiene vigencia ni puede aplicarse como una obligación para los conductores colombianos.
Actualmente, el Ministerio de Transporte adelanta conversaciones con ciudadanos, gremios del sector, autoridades territoriales y representantes de la academia para definir los componentes de la reforma al Código Nacional de Tránsito que será presentada nuevamente ante el Congreso.
Entre los aspectos que todavía necesitan definición se encuentran el puntaje inicial de cada categoría de licencia, la clasificación de las infracciones según su gravedad, los mecanismos para recuperar puntos y los procedimientos administrativos que se aplicarían cuando un conductor agote su saldo.
De concretarse, la licencia por puntos representaría un cambio importante en el sistema de sanciones de tránsito en Colombia, al establecer consecuencias acumulativas sobre el derecho a conducir y dar mayor relevancia al comportamiento de cada persona en las vías.
Nota Editorial: Este contenido fue escrito con la asistencia de un editor de eltransporte.com, basado en información de conocimiento público divulgada a medios de comunicación.
Fuente: Infobae.com















