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RESTRICCIÓN VEHÍCULOS DE CARGA: Restricción de vehículos de carga en la red vial nacional para estos puentes festivos

En cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 0002307 del 12 de Agosto 2014, en su artículo 2 PUENTES FESTIVOS, se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados, que la restricción a aplicar para los vehículos de carga será en las fechas y horas […]

En cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 0002307 del 12 de Agosto 2014, en su artículo 2 PUENTES FESTIVOS, se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados, que la restricción a aplicar para los vehículos de carga será en las fechas y horas relacionadas a continuación:

 

DÍAS DE APLICACIÓN Y VÍAS A NIVEL PAÍS

DÍA

FECHA

HORARIO

 

“DÍA DE TODOS LOS SANTOS”

“INDEPENDENCIA DE CARTAGENA”

 

VIERNES

(Solo para vehículos que salgan de la ciudad de Bogotá)

4 de noviembre

11 de noviembre

16:00 A 22:00 horas

 

SÁBADO

5 de noviembre

12 de noviembre

09:00 A 15:00 horas

 

DOMINGO

6 de noviembre

13 de noviembre

———————————-

 

LUNES

7 de noviembre

14 de noviembre

12:00 A 01:00 horas

 
Vías a restringir:

 

  1. ALTO EL MANZANO – PEREIRA- RIOSUCIO-YE DE CERRITOS-CARTAGO.
  2. ARMENIA-MONTENEGRO-QUIMBAYA
  3. BARRANQUILLA – CARTAGENA (VÍA AL MAR)
  4. BARRANQUILLA- YE DE CIENAGA
  5. BOGOTÁ – CHOACHI.
  6. BOGOTÁ – CHÍA – CAJICÁ – UBATÉ – CHIQUINQUIRÁ – BARBOSA – SAN GIL – BUCARAMANGA.
  7. BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ.
  8. BOGOTÁ – LA VEGA – VILLETA – HONDA Y CORAN-GUADUAS
  9. BOGOTÁ – VILLAVICENCIO – ACACÍAS.
  10. BOGOTÁ-LA CALERA-GUASCA-GUATAVITA
  11. MOSQUERA (desde el cruce de tres esquinas) -FACATATIVÁ- SASAIMA- VILLETA
  12. BOSCONIA-ZAMBRANO-CARMEN DE BOLÍVAR-CRUZ DEL VISO-TURBACO-CARTAGENA
  13. BUCARAMANGA –LA LIZAMA
  14. BUCARAMANGA- SAN ALBERTO
  15. BUCARAMANGA-PAMPLONA-CÚCUTA
  16. CHÍA- COTA-MOSQUERA-LA MESA-GIRARDOT
  17. CÚCUTA-YE DE ASTILLEROS
  18. HONDA-DORADAL-MEDELLÍN
  19. IBAGUÉ – ARMENIA – LA PAILA
  20. IBAGUÉ-HONDA
  21. MANIZALES-MARIQUITA-ARMERO
  22. MEDELLÌN – SANTA FE DE ANTIOQUIA.
  23. YE EL HATILLO (BARBOSA-ANTIOQUIA) -YARUMAL- CAUCASIA
  24. MEDELLÍN- PRIMAVERA- LA PINTADA- LA FELISA- LA MANUELA
  25. MONTERÍA-CERETE-LORICA-COVEÑAS-TOLÚ-TOLUVIEJO-CRUZ DEL VISO  (BOLÍVAR)
  26. NEIVA – ESPINAL – GIRARDOT.
  27. NEIVA-GARZÓN-PITALITO-MOCOA
  28. PASTO – CHACHAGÜI.
  29. PUERTO ARAUJO-PUERTO BOYACÁ
  30. RIOHACHA – VALLEDUPAR
  31. SANTA MARTA – RIOHACHA
  32. YE DE CIENAGA -FUNDACIÓN-SAN ROQUE-AGUACHICA
  33. SIBATE- ALTO DE SAN MIGUEL-FUSAGASUGÁ
  34. TOCANCIPA (Desde la planta cervecera Leona) -TUNJA
  35. TUNJA –CHIQUINQUIRÁ
  36. TUNJA-BARBOSA
  37. TUNJA-DUITAMA-SOGAMOSO
  38. VILLAVICENCIO –PUERTO LÓPEZ
  39. VILLAVICENCIO-CUMARAL

 

NOTA ESPECIAL: Como lo dicta el artículo 3 de la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 “Si se presenta congestión u obstrucción de las vías por alto flujo vehicular o situaciones de emergencia en los días de que trata el artículo precedente, o en cualquier corredor vial, el Comité Interinstitucional para la Adopción y Ejecución del Plan Estratégico Integral de Seguridad y Movilidad, deberá implementar planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales), según corresponda, con el propósito de garantizar la movilización de los vehículos”.

NOTA 1: El viernes 4 de noviembre y viernes 11 de noviembre de 2016, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la Ciudad de Bogotá.

NOTA 2: El lunes 7 de noviembre y lunes 14 de noviembre de 2016, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas. Igualmente se aplicará la restricción con dos horas de antelación al horario estipulado en la mencionada fecha en el corredor vial N° 7 (BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ) para los vehículos de carga que vengan en sentido IBAGUÉ – BOGOTÁ.

NOTA 3: Teniendo en cuenta el alto volumen de vehículos que retornarán hacia la ciudad de Bogotá por los diferentes corredores viales, los días 7 y 14 noviembre de 2016 la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional implementará planes de regulación de tráfico (reversible, contraflujo, anillos viales) en los siguientes tramos viales:

 

 

TRAMO VIAL

HORARIO

VIAS ALTERNAS

REVERSIBLE

Vía Guaduas (Glorieta de la Morena Km 31) – Villeta (km 64+100)

De 15:00 a 17:00 horas

Los viajeros que transiten por los anteriores corredores viales desde Bogotá hacia la Costa Atlántica o eje cafetero la vía alterna es:

  • Bogotá – Calle 13 – Facatativá – Albán – Vianí – Cambao – Honda (para quienes se dirijan hacia la costa atlántica y Antioquia)
  • Bogotá-Calle 13 – Facatativá – Albán-Vianí-Cambao-Armero-Guayabal-Mariquita (para quienes viajen   hacia el eje cafetero).

En los anteriores tramos viales solo está permitido el tránsito de vehículos livianos de pasajeros y carga hasta de 3.5 toneladas.

Los anteriores horarios están sujetos a variación por la Dirección de Tránsito y Transporte a través del Puesto de Mando Unificado “PMU” si las condiciones del alto flujo vehicular o emergencia lo ameritan aplicando la nota especial del presente comunicado.

NOTA 4: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a la restricciones para los vehículos de carga descritos en la Resolución 2307 del 12 de agosto de 2014 y lo que dispongan las comunicaciones expedidas por INVIAS.

NOTA 5: La restricción no aplica para los vehículos de carga que transportan carbón térmico desde el Departamento Norte de Santander hacia la Costa Atlántica.

NOTA 6: La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional.

NOTA 7: Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en la Resolución 2307 de 2014, “Por la cual se establecen medidas para la regulación del tráfico vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país y se dictan otras disposiciones”.

NOTA 8: El Instituto Nacional de Vías – INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI y las CONCESIONES de la red vial nacional, tienen programado suspender y no realizan obras en la red vial que afecten la movilidad, durante la vigencia del presente comunicado. No obstante lo anterior, en el desarrollo de algunos de los proyectos concesionados, por programación y ejecución del contrato de concesión, se adelantarán algunas labores puntuales en la vía, sobre las cuales existirá, por parte del Concesionario, la señalización adecuada y necesaria que brinde seguridad y movilidad a los usuarios.

NOTA 9: Se establece el Puesto de Mando Unificado PMU en la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, con la presencia del Ministerio de Transporte, Superintendencia de Puertos y Transporte, Instituto Nacional de Vías ” INVIAS” y la Agencia Nacional de Infraestructura “ANI”. Los datos de contacto son: Teléfono: 320 303 9152 Correo electrónico: ditra.ciesp@policia.gov.co se recuerda que para preguntas e información adicional de las vías el número de contacto es el #767.

Fuente: Mintransporte

Imagen: Mintransporte

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