Conforme a lo establecido en las Resoluciones 761 del 01 de abril de 2013 y 2307 del 12 de agosto de 2014, y teniendo en cuenta la situación de las jornadas de manifestaciones públicas, que han ocasionado desabastecimiento nacional, así mismo, las medidas de contención adoptadas por el Gobierno Nacional para limitar la propagación del COVID-19, se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados, que para el día domingo 30 de mayo de 2021”, NO se dará aplicación a la restricción para la movilización de vehículos de carga con capacidad igual o superior a 3.4 toneladas (3400 kilogramos), con el propósito de garantizar y contribuir en la movilización de medicamentos, alimentos, combustible y demás productos en todo el país.
Fuente: Ministerio de Transporte
Imagen: Ministerio de Transporte
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