El Gobierno nacional expidió el Decreto 1001 de 2026, con el que introdujo cambios en la regulación del servicio público individual de pasajeros en Colombia. La nueva norma amplía algunos plazos, elimina cobros que no están contemplados en la regulación, establece excepciones al uso de la Planilla Única de Viaje Ocasional y modifica el mecanismo para asignar nuevas matrículas de taxis.
Uno de los cambios más relevantes está relacionado con la reposición de vehículos. El plazo para realizar este procedimiento cuando un taxi haya sido hurtado, perdido, desintegrado, destruido o sometido a cambio de servicio pasó de uno a cinco años.
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En los casos de hurto, el propietario deberá presentar dentro de los seis meses posteriores la denuncia correspondiente y la certificación de no recuperación expedida por la Fiscalía.
De acuerdo con el Ministerio de Transporte, el decreto modifica disposiciones contenidas en el Decreto 1079 de 2015 y establece nuevas condiciones para propietarios, conductores, empresas y usuarios del transporte público individual.
Otro de los cambios está relacionado con la tarjeta de operación. El documento, cuya vigencia era de un año, ahora tendrá una duración de dos años, con lo que se reduce la frecuencia de este trámite para los propietarios de los vehículos.
La regulación también establece nuevas condiciones para el cambio de empresa y limita a dos años la duración de los contratos de vinculación entre los propietarios y las compañías de transporte.
En materia de información financiera, las empresas deberán entregar mensualmente y sin costo un extracto detallado de los cobros y pagos efectuados por cada concepto. Además, el paz y salvo dejará de ser exigido como requisito para adelantar trámites relacionados con tránsito o transporte.
El decreto también restringe los cobros que pueden realizar las empresas. No podrán cobrar por permitir la desvinculación de un vehículo, expedir la tarjeta de operación, tramitar la Planilla Única de Viaje Ocasional ni por servicios que no hayan sido efectivamente prestados.
Asimismo, las empresas no podrán establecer condiciones que limiten la posibilidad de los propietarios de elegir otra compañía para continuar prestando el servicio.
Los propietarios podrán solicitar el cambio de empresa en cualquier momento durante la vigencia del contrato, siempre que cumplan las condiciones establecidas en la regulación. Una vez presentada la solicitud, la empresa contará con un plazo máximo de 15 días hábiles para responder.
La ministra de Transporte, María Fernanda Rojas, destacó la expedición de la nueva reglamentación y señaló que el Gobierno busca simplificar procedimientos, fortalecer las garantías de conductores y propietarios y mejorar las condiciones del servicio para los usuarios.
Otro aspecto de la reforma corresponde a los viajes entre municipios. El decreto elimina, en determinados casos, la obligación de utilizar la Planilla Única de Viaje Ocasional para los taxis que se movilicen entre municipios contiguos.
Esta excepción, sin embargo, podrá ser restringida por la autoridad del municipio de destino cuando, con base en un estudio técnico de oferta y demanda, determine que el ingreso de estos vehículos no puede ser autorizado.
La medida también contempla determinados recorridos hacia o desde aeropuertos que atienden a capitales departamentales y están ubicados en municipios diferentes, así como algunos terminales aéreos vinculados con áreas metropolitanas.
En cuanto a la asignación de nuevas matrículas, el decreto establece que deberá realizarse mediante sorteos públicos bajo principios de igualdad, imparcialidad, transparencia, publicidad y participación. También contempla acciones afirmativas dirigidas a favorecer la participación de conductores que no son propietarios de vehículos.
La norma, no obstante, no establece mecanismos para solucionar directamente las dificultades financieras que puedan enfrentar estos conductores para adquirir un automóvil. El decreto determina el procedimiento para acceder a nuevas matrículas, mientras que la compra del vehículo y las condiciones de financiación dependerán de las posibilidades de cada trabajador y del mercado.
El Ministerio de Transporte también deberá brindar asistencia técnica a las autoridades territoriales para la creación de programas de formación y fortalecimiento de competencias dirigidos a conductores y conductoras de taxi.
Estos programas podrán abordar temas como atención al usuario, seguridad, eficiencia en la prestación del servicio y mejoramiento de las condiciones de operación.
El proyecto de decreto fue sometido previamente a comentarios ciudadanos entre el 22 de junio y el 6 de julio de 2026, periodo durante el cual el Ministerio de Transporte recibió y analizó las observaciones antes de expedir la versión definitiva de la norma.
Nota Editorial: Este contenido fue escrito con la asistencia de un editor de eltransporte.com, basado en información de conocimiento público divulgada a medios de comunicación.
Fuente: infobae.com

















