En cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 3226 del 25 de mayo de 2012, en su artículo 3.1, se comunica a los gremios, asociaciones del sector transporte, ciudadanos, usuarios de la red vial nacional y demás interesados, que la restricción a aplicar para los vehículos de carga será en las fechas y horas relacionadas a continuación:
FECHAS, HORAS Y CORREDORES VIALES QUE SERÁN OBJETO DE LA RESTRICCIÓN VEHICULAR PARA EL TRÁNSITO DE VEHÍCULOS DE CARGA CON CAPACIDAD SUPERIOR A 3.4 TONELADAS EN CUNDINAMARCA Y OTROS DEPARTAMENTOS. | ||
PUENTE FESTIVO CORPUS CHRISTI | ||
VIERNES | 20 – junio -2014 | 16:00 A 21:00 HORAS |
SÁBADO | 21 – junio -2014 | 07:00 A 22:00 HORAS |
LUNES | 23 – junio -2014 | 09:00 A 23:00 HORAS |
PUENTE FESTIVO SAN PEDRO | ||
VIERNES | 27 – junio -2014 | 16:00 A 22:00 HORAS |
SÁBADO | 28 – junio -2014 | 06:00 A 22:00 HORAS |
LUNES | 30 – junio -2014 | 09:00 A 24:00 HORAS |
Vías a restringir:1. BOGOTÁ – LA VEGA – VILLETA – HONDA.2. BOGOTÁ – FUSAGASUGÁ – MELGAR – IBAGUÉ. 3. BOGOTÁ – TUNJA. 4. BOGOTÁ – CHÍA – CAJICÁ – UBATÉ – CHIQUINQUIRÁ – BARBOSA – SAN GIL – BUCARAMANGA. 5. BOGOTÁ – LA MESA – GIRARDOT. 6. BOGOTÁ – VILLAVICENCIO – ACACÍAS. 7. MEDELLÌN – SANTA FE DE ANTIOQUIA. 8. BOGOTÁ – CHOACHI. 9. BARRANQUILLA – CARTAGENA (VÍA AL MAR) 10. IBAGUÉ – ARMENIA – CALI. 11. NEIVA – ESPINAL – GIRARDOT. 12. PASTO – CHACHAGÜI. 13. BOGOTÁ-MOSQUERA-FACATATIVÁ- SASAIMA- VILLETA 14. BOGOTÁ-LA CALERA-GUASCA-GUATAVITA 15. SIBATE- ALTO DE SAN MIGUEL-FUSAGASUGÁ 16. CHÍA- COTA-MOSQUERA-LA MESA-GIRARDOT 17. ARMENIA-MONTENEGRO-QUIMBAYA 18. BUCARAMANGA- SAN ALBERTO 19. BUCARAMANGA –LA LIZAMA 20. VILLAVICENCIO –PUERTO LÓPEZ 21. HONDA-DORADAL-MEDELLÍN 22. SANTA MARTA-BARRANQUILLA 23. BUCARAMANGA-PAMPLONA-CÚCUTA 24. TUNJA –CHIQUINQUIRÁ 25. TUNJA-DUITAMA-SOGAMOSO 26. TUNJA-BARBOSA 27. MEDELLÍN-PRIMAVERA-LA PINTADA 28. MEDELLÍN-HATILLO-YARUMAL 29. HATILLO-BARBOSA 30. MANIZALES-MARIQUITA-ARMERO 31. MANIZALES-LA MANUELA-LA FELISA-LA PINTADA 32. MANIZALES-CHINCHINA-SANTAROSA-PEREIRA 33. ARMENIA – PEREIRA-RIOSUCIO 34. PEREIRA-CARTAGO-LA PAILA 35. CALI-YUMBO-YOTOCO 36. NEIVA-GARZÓN-PITALITO-MOCOA 37. IBAGUÉ-HONDA 38. PUERTO ARAUJO-PUERTO BOYACÁ 39. BOSCONIA-ZAMBRANO-CARMEN DE BOLÍVAR-CRUZ DEL VISO-TURBACO-CARTAGENA 40. SANTA MARTA-FUNDACIÓN-SAN ROQUE-AGUACHICA 41. BARRANQUILLA-CALAMAR-CARRETO 42. MONTERÍA-CERETE-LORICA-COVEÑAS-TOLÚ-TOLUVIEJO-CRUZ DEL VISO (BOLÍVAR) 43. VILLAVICENCIO-CUMARAL-BARRANCA DE UPIA-VILLANUEVA-MONTERREY-TAURAMENA- AGUAZUL-YOPAL |
NOTA ESPECIAL 1: De ser necesaria la activación del reversible u otra medida de manejo de tráfico, en horario diferente al establecido, por necesidad de descongestión en las vías antes mencionadas, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, en atención al Artículo 4, de la Resolución 3226, podrá restringir la movilización de cualquier tipo de vehículo e implementar planes de manejo de tránsito (reversibles, contraflujo, anillos viales), según corresponda,
En los demás anillos viales que se realizan en el Departamento de Cundinamarca, para los puentes festivos, los días 23 y 30 de junio, iniciarán su implementación así:
Vía LA VEGA – BOGOTÁ: a partir de las 12:00 horas
Vía LA MESA (sector la Gran vía) – BOGOTÁ: a partir de las 12:00 horas
Vía VILLAVICENCIO – BOGOTÁ: a partir de las 14:00 horas
NOTA 1: El día viernes 20 y 27 de junio de 2014, la restricción únicamente se aplicará a los vehículos de carga que salgan de la Ciudad de Bogotá.
NOTA 2: El día lunes 23 y 30 de junio de 2014, la restricción se aplicará sin excepción alguna a todo vehículo de carga con capacidad igual o mayor a 3.4 toneladas.
NOTA 3: El Instituto Nacional de Vías – INVIAS, la Agencia Nacional de Infraestructura – ANI y las CONCESIONES de la red vial nacional, suspenden y no realizan obras en la red vial, durante los días 20, 21, 22, 23, 27, 28, 29 y 30 de junio -2014.
NOTA 4: Los vehículos que transportan carga extra-dimensionada o extra-pesada, se someterán a las restricciones para los vehículos de carga descritos en la presente resolución.
NOTA 5: La Policía Nacional a través de la Dirección de Tránsito y Transporte, autorizará la movilización de maquinaria y cargas para atender situaciones de caso fortuito o fuerza mayor sobre la red vial nacional.
NOTA 6: Las excepciones para el movimiento de carga por la red vial nacional, durante la vigencia del presente comunicado estarán sujetas a lo establecido en la Resolución 3226, “por la cual se establecen unas medidas de tránsito vehicular tendientes a garantizar la movilidad en las vías del país en temporadas especiales y se dictan otras disposiciones”,
NOTA 7: Para el día sábado 21 de junio se permite el ingreso de los vehículos aquí restringidos a la ciudad de Bogotá hasta las 08:00 horas y 28 de junio de 2014, se permite el ingreso hasta las 07:00 horas.
NOTA 8: De ser necesaria, la Dirección de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional podrá levantar las restricciones en las vías de doble calzada cuando el flujo vehicular así lo permita, para tal efecto informara a los transportadores.
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