Con el incremento de viajeros durante el primer puente festivo de julio, las autoridades de tránsito reiteraron el llamado a los conductores para cumplir las normas del Código Nacional de Tránsito, especialmente aquellas relacionadas con la capacidad autorizada de los vehículos, cuyo incumplimiento puede derivar en una de las sanciones económicas más altas contempladas por la ley.
La Ley 769 de 2002, que establece el Código Nacional de Tránsito Terrestre, señala que quienes infrinjan las disposiciones vigentes serán objeto de sanciones económicas de acuerdo con la gravedad de la conducta. En total, el artículo 131 contempla 94 infracciones aplicables tanto a vehículos particulares como de servicio público, algunas de las cuales incluso pueden generar la inmovilización del automotor.
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Entre las conductas sancionadas se encuentra el transporte de un número de pasajeros superior al permitido. El Ministerio de Transporte recuerda que la cantidad máxima de ocupantes de un vehículo está definida por las especificaciones del fabricante y registrada en la licencia de tránsito, también conocida como tarjeta de propiedad.
La entidad explica que modificar esa capacidad implica alterar las condiciones técnicas bajo las cuales fue homologado el vehículo, lo que representa un riesgo para la seguridad vial y constituye una infracción a la normativa vigente.
El literal C15 del artículo 131 del Código Nacional de Tránsito establece como infracción “conducir un vehículo, particular o de servicio público, excediendo la capacidad autorizada en la licencia de tránsito o tarjeta de operación”.
En consecuencia, los conductores que sean sorprendidos movilizando más pasajeros de los permitidos podrán recibir una multa de 633.232 pesos, sanción que busca promover el cumplimiento de las normas y reducir los riesgos durante los desplazamientos por las carreteras del país.
Nota Editorial: *Este contenido fue escrito con la asistencia de un editor de eltransporte.com, basado en información de conocimiento público divulgada a medios de comunicación.
Fuente: redmas


















