Se aludía una bonificación del 35% pero la compañía nunca descontó ese monto.
Un juzgado civil de Cipolletti confirmó la sentencia que dictó la jueza de Paz de la localidad en una demanda radicada en contra de la compañía aérea LAN Argentina SA. La persona que resultó damnificada adquirió cinco pasajes aéreos bajo una promoción que resultó engañosa, debido a que se aludía una bonificación del 35%, monto que la compañía no descontó.
La empresa fue condenada a abonar más de dos mil pesos por no aplicar la bonificación y diez mil por daño punitivo.
En el caso, la damnificada señaló que existió un incumplimiento de la obligación legal al ofrecer en forma engañosa un producto, logrando que los suscriptores adquieran pasajes por un valor que no era el de promoción.
La jueza de Paz de Cipolletti María Gabriela Lapuente indicó que la publicidad resultó engañosa ya que en la parte superior y en letra grande y visible decía “volá del 1 de abril al 9 de julio” y luego, abajo en letra muy pequeña se aclara: “no válido para volar…”. “Es decir, además de la letra chica, la publicidad es absolutamente engañosa”, concluyó la magistrada.
El caso se analizó en el contexto de la Ley de Defensa del Consumidor y a pesar de que la compañía apeló la sentencia, el titular del Juzgado Civil, Comercial y de Minería N°1 de la Cuarta Circunscripción, el juez Alejandro Cabral y Vedia, confirmó las actuaciones de la jueza de primera instancia.
Fuente: NoticiasNet
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