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Mintransporte permite otorgar nuevos permisos para transporte de carga

Mintransporte permite otorgar nuevos permisos para transporte de carga indivisible extrapesada o indivisible extrapesada y extradimensionada
  • El nuevo permiso se aplica por una sola vez y por un término de seis meses para las empresas y conductores que gestionaron los permisos iniciales con el Instituto Nacional de Vías (INVIAS) para el transporte de carga indivisible extrapesada o indivisible extrapesada y extradimensionada.
  • Este beneficio aplicará para aquellos a quienes les expiró el permiso inicial durante el término de la emergencia declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social con ocasión de la pandemia generada del Coronavirus, Covid -19.

Con el objetivo de contribuir al transporte de carga y en especial apoyar a las empresas que movilizan bienes y servicios, el Ministerio de Transporte, expidió la Resolución No. 20203040019395, por la cual se adiciona un parágrafo transitorio al artículo 12 de la Resolución 4959 de 2006, que fija requisitos y procedimientos para conceder los permisos para el transporte de cargas indivisibles, extrapesadas y extradimensionadas.

De esta forma, aquellos transportadores a quienes se les venció el permiso inicial otorgado por el Instituto Nacional de Vías (INVIAS) para el transporte de carga indivisible extrapesada o indivisible extrapesada y extradimensionada, durante el periodo de la emergencia sanitaria por el Coronavirus Covid-19, podrán solicitar un nuevo permiso con una vigencia de hasta seis meses.

En ese sentido, con la medida apoyamos a las empresas del país que transportan carga, en particular ante los efectos derivados de la pandemia del Coronavirus COVID-19; se generan condiciones para garantizar la continuidad de este servicio que ha adquirido vital importancia en el marco de la referida coyuntura y, se facilita que los beneficiados con la medida tengan un tiempo razonable para adelantar los trámites y estudios necesarios para la posterior obtención de los mencionados permisos, de acuerdo a sus necesidades y con el lleno de los requisitos establecidos en la Resolución 4959 de 2006.

“En esta nueva realidad, es necesario gestionar medidas y disposiciones transitorias que propendan por contribuir al servicio público de transporte de carga y facilitar su operación por las carreteras del país, por eso constantemente generamos estrategias que mitiguen los efectos negativos generados por la pandemia del Covid-19”, manifestó la Ministra de Transporte, Ángela María Orozco.

Esta iniciativa del Ministerio de Transporte, contempla una condición básica para los transportadores y empresas de carga que requieran realizar la prórroga de los permisos, pues estos serán otorgados bajo las mismas especificaciones del permiso efectuado inicialmente, es decir que bajo ningún concepto se realizará una adición o una modificación de rutas, ni de equipos de transporte previamente autorizados.

Para gestionar esta nueva prórroga temporal, se deberá presentar la solicitud ante el Instituto Nacional de Vías (INVIAS), posteriormente constituir la póliza de garantía de responsabilidad civil extracontractual y finalmente realizar el pago de los derechos de permiso de carga extrapesada y/o extradimensionada por la red vial nacional, estipulados en la Resolución 03 de 2006.

Fuente: Ministerio de Transporte

Imagen: Archivo Ministerio de Transporte

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