Decretos MinTransporte Transporte de Carga

TRANSPORTE DE CARGA: Gobierno Nacional adopta medidas para facilitar desplazamientos de los camioneros y reconoce su apoyo al país

Gobierno Nacional adopta medidas para facilitar desplazamientos de los camioneros y reconoce su apoyo al país

Mediante el Decreto 482 expedido por el Gobierno Nacional se exime del pago de peaje al transporte de carga para garantizar el abastecimiento de alimentos y elementos de salud entre otros.Transporte de Carga.

  • Mediante el Decreto 482 expedido por el Gobierno Nacional se exime del pago de peaje al transporte de carga para garantizar el abastecimiento de alimentos y elementos de salud entre otros,
  • La Ministra de Transporte, Ángela María Orozco, resaltó la labor que tendrán que cumplir los “nuevos héroes” en el país.
  • Para hacer más confortables sus desplazamientos, se esta grantizando sitios de descanso a lo largo de todos los corredores viales para los camioneros.
  • Además se crea el Centro de Logística y Transporte, para garantizar la prestación del servicio público de transporte durante el tiempo que dure la emergencia por el COVID – 19.
Bogotá D.C., 26 de Marzo de 2020. (@MintransporteCo). El Gobierno Nacional a través del Decreto 482 del 26 de marzo de 2020 adoptó medidas sobre la prestación del servicio público de transporte y su infraestructura, dentro del Estado de Emergencia declarado para mitigar el impacto que pueda ejercer la pandemia del COVID – 19 sobre la población colombiana. El nuevo Decreto complementa el las medidas adoptadas inicialmente por el 457 del 22 de marzo de 2020, brindando herramientas para que los transportadores de carga que se movilizan por las carreteras del país garanticen el abastecimiento alimentario, bienes de primera necesidad y de elementos para el sector salud, durante el aislamiento preventivo obligatorio. Así lo dio a conocer la Ministra de Transporte Ángela María Orozco, quien además señaló que el nuevo Decreto ordena la suspensión del cobro de peajes a los vehículos que transiten por el territorio nacional para garantizar el abastecimiento y distribución de alimentos y bienes de primera necesidad – alimentos, bebidas, medicamentos, dispositivos médicos, aseo, limpieza y mercancías de ordinario consumo de la población, de acuerdo con lo reglamentado en el Decreto 457 expedido el pasado 22 de marzo. Igualmente ordena disponer los denominados “Puntos Seguros”, para examinar y acompañar a los transportadores, los cuales serán definidos por el Centro de Logística y de Transporte,  creado por el nuevo Decreto y del cual hacen parte Los Ministros de Transporte, de Agricultura, de Industria y Comercio, el Viceministro de Transporte, quien lo presidirá, y un delegado del Presidente de la República. El Centro de Logística y Transporte contará con invitados permanentes El Ministro de Defensa, el Director de INVÍAS, el Director de la Aeronáutica Civil. El Director de la Agencia Nacional de Seguridad Vial, el Presidente de ANI, la Superintendente de Transporte y el Director de Tránsito y Transporte de la Policía Nacional, o sus delegados del nivel directivo. Dichos puntos seguros se instalarán a lo largo de las  ocho regiones del país por  los principales corredores viales, generando  sitios de descanso en carretera, donde los conductores encontrarán hoteles, restaurantes y servicios que faciliten las condiciones para que sus viajes los puedan realizar en condiciones completamente seguras. Consúltelos aquí   https://bit.ly/2UCteaB . Adicionalmente, y como está consagrado en la normatividad expedida para atender la contingencia durante el tiempo que dure la pandemia, se garantizará la presencia de la fuerza pública y la policía de carrteras para que los transportadores tengan la tranquilidad de realizar sus desplazamientos en un ambiente de seguridad para su integridad física, la de sus vehículos y de la carga que movilizan. Finalmente, la Ministra Orozco, señaló que con el compromiso de los nuevos héroes que han dejado a sus familias y ponen de cierta manera en riesgo su salud, es que la cadena de producción, abastecimiento, transporte, comercialización y distribución de los bienes y productos de primera necesidad y elementos médicos, llegue a sus sitios de destino oportunamente, contribuyendo con la mitigación del impacto que genera el aislamiento preventivo.   Fuente: Ministerio de Transporte Imagen: Archivo Ministerio de Transporte Ver artículo original Volver a página de inicio  ]]>