El Ministerio de Transporte ratificó que los ciclistas en Colombia pueden circular por los mismos carriles utilizados por carros y motocicletas, incluso en vías donde existan ciclorrutas habilitadas. La aclaración surge en medio de constantes discusiones entre conductores y usuarios de bicicleta sobre el uso del espacio vial y la prioridad en las calles del país.
La regulación está contemplada en la Ley 769 de 2002, correspondiente al Código Nacional de Tránsito Terrestre, normativa que establece derechos y deberes para todos los actores viales, incluidos peatones, motociclistas, conductores y ciclistas.
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De acuerdo con el Ministerio de Transporte, los usuarios de bicicleta no están obligados a utilizar exclusivamente las ciclorrutas. Así quedó consignado en el radicado No. 20251341269671 del 30 de septiembre de 2025, en el que la entidad precisó que los ciclistas pueden optar por desplazarse en infraestructura exclusiva o compartir carril con otros vehículos, siempre que cumplan las condiciones establecidas en los artículos 60 y 68 del Código de Tránsito.
“La bicicleta podrá transitar en condiciones de tráfico compartido y ocupando un carril, aunque exista infraestructura destinada para su circulación”, señala el documento emitido por la cartera de Transporte.
La aclaración tomó relevancia luego de que en redes sociales se viralizara un video donde un conductor cuestionaba a un ciclista por no usar la ciclorruta ubicada junto a la vía principal. Sin embargo, la normativa vigente respalda el derecho del ciclista a movilizarse por carriles compartidos.
El Ministerio también recordó que los ciclistas deben cumplir varias obligaciones para garantizar la seguridad vial. Entre ellas, transitar por la derecha de la vía a no más de un metro de la acera y evitar el uso de carriles exclusivos para transporte público colectivo.
Asimismo, el Código Nacional de Tránsito establece que los ciclistas deben usar elementos reflectivos entre las 6:00 p. m. y las 6:00 a. m. o cuando las condiciones de visibilidad sean reducidas. También deben desplazarse en fila cuando circulen en grupo, respetar señales de tránsito, utilizar casco de seguridad y evitar maniobras peligrosas como adelantar por la derecha o sujetarse de otros vehículos.
La normativa igualmente prohíbe circular sobre andenes y zonas destinadas exclusivamente a peatones, salvo autorización expresa de las autoridades competentes.
Con esta aclaración, el Ministerio de Transporte busca reforzar la convivencia vial y recordar que tanto conductores como ciclistas tienen derechos y responsabilidades dentro de las vías colombianas.
Nota Editorial: *Este contenido fue escrito con la asistencia de un editor de eltransporte.com, basado en información de conocimiento público divulgada a medios de comunicación.
















