Jurídico

Abecé de la prohibición de parrillero en moto para domiciliarios

Medida empieza a regir desde este sábado 20 de marzo. Habrá requisitos para aplicaciones. 

Tras los hechos violentos que se registraron y encendieron las alarmas de los bogotanos, la alcaldesa Claudia López tomó la decisión de prohibir el parrillero en motociclistas que trabajen en plataformas de domicilios, medida que empieza a regir desde este sábado 19 de marzo.

Además de esta medida, de acuerdo con el decreto 082 del 19 de marzo del 2021, estas empresas –desde el mes de abril- deberán contar con los datos de identificación de los domiciliares y, de esta manera, permitir validar a la autoridad policial la condición de activo en la prestación del servicio.

Además, las plataformas deben verificar que los domiciliarios no tienen requerimientos judiciales. Se exige una identificación tanto digital como física.

“Empresas de intermediación tecnológica que gestionan o habilitan servicios de entrega de domicilios, dentro del mes siguiente a la publicación del presente decreto, deberán exigir a todos sus domiciliarios vinculados que en los maletines y en la indumentaria que usen para desarrollar su labor se establezca en un lugar plenamente visible la placa de la motocicleta o el serial otorgado por el sistema de ‘Registro Bici Bogotá’”, dice uno de los apartes el decreto.

De igual forma, quienes incumplan las medidas deberán afrontar drásticas sanciones.
El decreto también explica que, en el mes siguiente a su publicación, las empresas deberán contar con una base de datos de registro de sus domiciliarios.

Estas deberán tener los datos de identificación que permitan validar a la Policía la condición de activo en la prestación del servicio.

Entre los datos de identificación que serán exigidos se encuentran, entre otros, los siguientes:

Nombre completo del domiciliario, plataforma en la cual se encuentra activado, número de documento de identificación, placa de la motocicleta o del registro de bicicleta, número de contacto, correo electrónico y número de afiliación o activación de acuerdo con cada plataforma.

La Alcaldía de Bogotá expone que la medida de restricción de parrillero o acompañante para domiciliarios en moto regirá hasta el 31 de diciembre de 2021.

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El decreto también establece que, con el objetivo de evitar que personas con requerimientos judiciales sean activados como sus domiciliarios, las empresas de intermediación tecnológica deberán adelantar la verificación de la situación judicial de los domiciliarios que se activen en sus plataformas, a través de la página de consulta disponible por la Policía Nacional, lo anterior con el ánimo exclusivo de comprobar que no son requeridos por autoridades judiciales. 

En caso de transportarse en bicicleta, se tiene que registrar en la plataforma Registro Bici Bogotá, la cual otorgará un serial al vehículo. Cada empresa debe, además, verificar que las personas que trabajan en su plataforma no tengan requerimientos judiciales activos, es decir que no son requeridos por la justicia. Para ello, se tiene que detallar la situación judicial de cada domiciliario que se active en sus plataformas, a través de la página de la Policía Nacional.

Además, el decreto indica unos reglamentos para el uso del espacio público por parte de los domiciliarios, sus respectivas empresas y aliados comerciales. “Por el respeto al espacio público, que evite aglomeraciones, y además dote en espacios privados infraestructura sanitaria para que los domiciliarios no estén aglomerados, las plataformas y aliados comerciales deben habilitar unas zonas de reposo para los trabajadores”, declaró el secretario de Gobierno, Luis Ernesto Gómez.

El Distrito se ha puesto estricto con la regulación de los trabajadores en plataformas digitales de domicilios tras las crecientes denuncias de la modalidad de hurtos por parte de personas que se movilizan en vehículos portando prendas de algunas de estas empresas, y que en algunos casos ha terminado en homicidios.

Fuente: El Tiempo

Imagen: Archivo El Tiempo

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