Jurídico

Mintransporte elimina requisito que obligaba a las empresas de transporte intermunicipal publicar tarifas con 5 días de anticipación

  • Las empresas de transporte de pasajeros por carretera no estarán obligadas a publicar sus tarifas con cinco días de anticipación, así lo establece la Resolución No. 20213040036325 del 20 de agosto de 2021, la cual puede ser consultada en https://www.mintransporte.gov.co/documentos/559/2021/
  • Esta decisión se tomó luego de un diálogo constructivo realizado con los diferentes representantes de empresas y agremiaciones del servicio público de transporte de pasajeros por carretera, con el propósito de generar mayor competitividad y atendiendo la realidad operativa en el país.
  • Las empresas de esta modalidad de servicio público de transporte deberán continuar la difusión de sus tarifas de acuerdo con las normas aplicables en materia de indicación pública de precios, sin que ahora esa difusión esté sujeta a un término previo de publicación determinado. 

Con el propósito de apoyar la reactivación económica del país y respaldar a los actores del sector transporte, el Ministerio de Transporte expidió la Resolución No. 20213040036325 del 20 de agosto de 2021, que elimina la obligación que tenían las empresas de la modalidad de transporte de pasajeros por carretera de difundir las tarifas de este servicio con una antelación no inferior a cinco (5) días de su puesta en vigencia.

Desde el Ministerio de Transporte continuamos construyendo de manera conjunta con todos los actores del sector, en esa medida, con esta nueva Resolución, reafirmamos el importante trabajo que adelanta esta cartera en la generación de una regulación que promueva, para el sector transporte, los pilares de competitividad y emprendimiento establecidos por el Gobierno Nacional”, afirmó la Ministra de Transporte, Ángela María Orozco.

La nueva Resolución dispone que las empresas de servicio público de transporte de pasajeros deberán continuar cumpliendo con la obligación de informar públicamente las tarifas que cobren por sus servicios para proteger el derecho de información clara, oportuna y veraz que les asiste a sus usuarios.

Reconocemos que las empresas de transporte de pasajeros por carretera se han esforzado por contar con medios más visibles y cercanos, sean físicos o electrónicos, que les permiten a sus usuarios conocer de manera adecuada las tarifas de los servicios que prestan y así tomar de manera informada su decisión de acceder a los mismos”, aseguró la Viceministra de Transporte, Carmen Ligia Valderrama Rojas.

Es importante destacar que la Superintendencia de Transporte, en su calidad de autoridad para la protección de los usuarios, velará porque la publicación de las tarifas que cobran las empresas de transporte de pasajeros por carretera se realice adecuadamente y, de esta manera, se respete el derecho de información en favor de las personas que acceden a estos servicios. “Celebramos que el Ministerio armonice la regulación de transporte con nuestras leyes de protección del consumidor, es una excelente decisión para el sector”, precisó el Superintendente de Transporte, Camilo Pabón Almanza.

Fuente: Ministerio de Transporte

Imagen:  Ministerio de Transporte

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